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Defienden que la osteopatía no depende de la fisioterapia.

El Registro de Osteópatas Profesionales ROP afirma que los osteópatas son expertos independientes del campo de la fisioterapia o la medicina, como en el resto de Europa.

«Para que una práctica sea considerada sanitaria, debe estar recogida en la Ley 44/2003, de ordenación de las profesiones sanitarias (LOPS), y no basarse en una sentencia del Tribunal Supremo o en una decisión colectiva de un colegio profesional que no tenga legitimidad alguna, porque «Los jueces no pueden hacer leyes, sólo proponen lo que ya está escrito».

El Registro de Profesionales Osteópatas (ROP), representa a la mayoría de la profesión osteopática no sanitaria en nuestro país. En el esfuerzo continuo por resaltar las diferencias entre las técnicas osteopáticas, otras profesiones sanitarias como la enfermería, la fisioterapia y la medicina han alcanzado su propio estatus independiente.

El Registro Profesional de Osteópatas presentó denuncia formal ante el Departamento de la Función Pública del Consejo General del Poder Judicial (máximo órgano judicial) consistente en un informe completo de 56 páginas sobre la controvertida sentencia 1310/2021 de 3 de noviembre – Asuntos – Tribunal Administrativo – Tribunal Supremo Sección 4 de La corte. Esto contradice estándares jurisprudenciales anteriores. En ROP afirman que la osteopatía no es una profesión médica.

 

Sin embargo, la Sentencia No. 1310 explica que con base en el R.D. 1.277/2003 prevé la existencia de unidades de salud U-101 para el diagnóstico y tratamiento de enfermedades mediante técnicas médicas no convencionales, siendo los médicos responsables del tratamiento realizado en las unidades U-101.

 

Del Registro de Osteópatas Profesionales (ROP), destacan: «Sin embargo, no están destinados a restaurar la salud o tratar enfermedades, sino técnicas que tienen una variedad de propósitos, que incluyen relajación muscular, comodidad, estiramiento muscular, dolor inespecífico y bienestar personal. Destacamos las organizaciones enumeradas». arriba.

 

Existe un vacío legal que regula la formación y ejercicio de la medicina naturista en nuestro país. Pero en cuanto a la afirmación que hace la citada Sentencia de que la Osteopatía, la Quiropraxia y el Quiromasaje son actividades sanitarias y también pueden considerarse métodos y técnicas concretas dentro de la Fisioterapia, en base a la Orden CIN/2135 y al RD 1.277/2003, discrepan totalmente, habida cuenta que el espíritu de la Orden CIN/2135/2008 es solo fijar el plan formativo del título de Grado en Fisioterapia y no las atribuciones profesionales de los fisioterapeutas y en cuanto RD 1.277/2003, no tiene el propósito de ordenar las profesiones sanitarias, ni limitar las actividades de los profesionales, sino sentar las bases para las garantías de seguridad y calidad de la atención sanitaria.

 

Desde el Registro de Osteópatas Profesionales ROP destacan que “para que una actividad sea declarada sanitaria debe estar recogida en la ley 44/2003 de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS) y no en base a una sentencia del Tribunal Supremo, ni por resolución colegial, carente de legitimación alguna, dado que los colegios profesionales no pueden legislar, solo ordenar lo ya legislado”.

 

Insisten en dicha queja presentada ante el CGPJ que “dicho sea con el debido respeto, los jueces no legislan, aplican las leyes existentes” e incide en que “precisamente la ley 44/2003, en su Art. 2.3.4 contempla que cuando resulte necesario se podrá declarar formalmente el carácter de profesión sanitaria, titulada y regulada mediante norma con rango de ley”.

 

Desde el ROP consideran que es de esperar que el Consejo General del Poder Judicial tenga en cuenta el informe presentado a la hora de dictar nuevas sentencias y no se deje influir por aportaciones documentales tergiversadas e interesadas de parte, que faltan a la verdad y a la realidad jurídica y social en la que se desenvuelven las terapias alternativas en cuanto al R.D.L 1.175/1990 de 28 de septiembre que contempla los epígrafes fiscales para actividades parasanitarias. Incluso en el caso concreto de la osteopatía, ahora hay que tener en cuenta factores como la Norma Europea UNE-EN 16.686/2015 de osteopatía y los parámetros de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para osteopatía del año 2010.

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